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Expertos analizan críticas de Coloma al actuar del TC en caso Cascada

Luego de que el exsuperintendente de Valores cuestionara la participación del Tribunal, abogados señalan que fueron los estándares de la ley y el regulador los problemas.

Por: Javiera Donoso | Publicado: Miércoles 14 de noviembre de 2018 a las 04:00 hrs.
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En entrevista con DF, el exsuperintendente de Valores y Seguros Fernando Coloma se refirió en extenso al rol que jugó el Tribunal Constitucional (TC) en la bajada judicial del Caso Cascada, señalando que la instancia judicial “no se debería haber metido en este caso” y expresando preocupación de que “cualquier sanción aplicada por un regulador podría ser llevada al TC”.

Ahora, si bien hay críticos en distintos frentes a la decisión que tomó el Tribunal en este caso en particular, según abogados constitucionalistas, el callo del asunto no está en el actuar del TC, sino en los estándares –o falta de los mismos– en las leyes que rigen al mercado financiero y las normas de su regulador.

“En ese momento me manifesté crítico, y lo sigo siendo, de que a través de los recursos de inaplicabilidad se decidiese disminuir el monto máximo de las multas”, señala Luis Cordero, abogado especializado en Derecho Público y Gobierno del estudio Ferrada Nehme. En su opinión, no fue la decisión correcta, dado el rol que tienen los castigos económicos para disuadir, especialmente en materia financiera.

Sin embargo, para el jurista el problema no fue que el TC se involucrara en primer lugar, sino que la ausencia de estándares. Según comenta Cordero, el controversial fallo del Tribunal estableció “que la norma legal previa a la creación de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) no tenía el estándar para determinar la relación directa que debe existir entre el valor de la operación y el monto máximo de la multa”. Lo que hizo el caso Cascada, a juicio del abogado, es demostrar que eso se puede usar como argumento para rebajar multas.

Felipe Bravo, profesor de la Universidad Católica, concuerda con el diagnóstico. “El Tribunal no está diciendo si hubo o no hubo una infracción. Está diciendo que la ley y la aplicación que la Superintendencia hace de la ley no son claras y permiten aplicar multas que, en la práctica, no tienen ningún límite”, indica.

En esa línea, el jurista indica que en este caso particular, la Superintendencia de Valores y Seguros (actual CMF) “no logró precisar” cuáles fueron los parámetros que estableció para fijar la sanción a Julio Ponce y los otros involucrados del bullado caso.

Ahora, desde que se formularon las sanciones, en 2014, el mercado financiero vivió un cambio importante: el paso de la SVS a la CMF, de la mano de la promulgación de la Ley 21.000. Lo que abre la pregunta: ¿se podrían usar los mismos argumentos para buscar una reducción de multa con la nueva estructura?

Ese es punto de controversia. Según Cordero, la ley que creó al organismo colegiado estableció estándares para determinar la relación directa que debe existir entre el valor de la operación y el monto máximo de la multa, por lo que el argumento no se podría reproducir ante el TC si es que un nuevo caso Cascada surgiera hoy en día.

Bravo, por su parte, sostiene que el punto débil sigue presente. Pese a que la Ley 21.000 generó cambios en esta materia, como establecer criterios para la graduación de la gravedad de las multas, comenta el abogado, el “reproche” del Tribunal Constitucional en el marco de las sanciones a Ponce y compañía “se mantiene completamente vigente para los artículos nuevos”.

¿Cuál es la opción, entonces? Bravo indica que una solución sería que la CMF establezca parámetros precisos para este tipo de situaciones a través de una normativa interna o una norma de carácter general. “Lo que el Tribunal está diciendo es un llamado a que exista un mayor detalle y precisión para evitar la desproporción que se genera en las multas”, acota.

¿En qué están las causas civiles?

  • Julio Ponce Lerou
    Luego de que el controlador de SQM recibiera un fallo favorable del Tribunal Constitucional (TC), por su multa de UF 1,7 millones, queda pendiente que la Corte de Apelaciones falle su apelación. Se rebajó su sanción a UF 45.000.
  • Aldo Motta Camp
    En el caso del exgerente general de las sociedades de la "cascada" que controla a la minera no metálica, no se ha dictado la sentencia de primera instancia. Por su rol como ejecutivo de Norte Grande, Pampa Calichera y Oro Blanco en el marco del esquema, la SVS lo multó con UF 600.000 en 2014, pero se rebajó a UF 45.000.
  • Roberto Guzmán Lyon
    Después de que el TC fallara a favor del asesor de Ponce, la sentencia de primera instancia rebajó su multa de UF 550.000 a UF 75.000. Queda pendiente que la Corte de Apelaciones decida sobre los reclamos del regulador y de Guzmán.
  • Patricio Contesse Fica
    La sentencia de primera instancia, dictada antes del requerimiento al TC, confirmó la multa inicial de UF 60.000 para el exgerente general de la sociedad de inversiones Potasios, pero con la rebaja del Tribunal Constitucional quedaría en UF 45.000. Ahora falta la Corte de Apelaciones.
  • Leonidas Vial Echeverría
    Aunque la multa inicial del empresario, por su rol de controlador de Inversiones Saint Thomas Ltda. y Agrícola e Inversiones La Viña en el marco del esquema, fue de UF 500.000, el fallo de inaplicabilidad del TC la dejaría en UF 75.000. La sentencia de primera instancia anuló la multa, por lo que ahora queda pendiente la resolución de la Corte de Apelaciones, luego de que la SVS casara en la forma y apelara a la determinación del Juzgado.

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